03 de enero de 2022

Reforma Laboral 2022

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley que recoge el acuerdo alcanzado entre Gobierno, sindicatos y empresarios el pasado 23 de diciembre para reformar estructuralmente el mercado laboral.

Esta reforma laboral entra en vigor en 2022.

Principales Novedades

Negociación colectiva

La norma recupera la ultraactividad con carácter indefinido. Las condiciones establecidas en un convenio colectivo seguirán en vigor después de que finalice su vigencia expresa.

Se deroga la prevalencia salarial del convenio de empresa sobre otros convenios, que solo podría aplicarse en el caso de que la empresa contratista o subcontratista tuviera un convenio propio que mejorase las condiciones del sector.

El contrato ordinario es el contrato indefinido

El contrato ordinario en España es el contrato indefinido, y desaparece el contrato por obra o servicio: “Vamos a un único contrato temporal en el recuperamos la causalidad, que tiene que estar profundamente motivada y restringida”, solo existe un contrato de duración determinada, que podrá celebrarse por circunstancias de la producción o por sustitución de la persona trabajadora.

Por otra parte, la vicepresidenta ha resaltado que si las empresas realizan algún tipo de irregularidad contractual con el trabajador, este pasará a formar parte fija de la plantilla. Además, las sanciones y las infracciones empresariales se individualizan y serán de hasta un máximo de 10.000 euros por cada trabajador afectado.

Contratos de la construcción y fijos-discontinuos

En el sector de la construcción los contratos por obra pasan a ser indefinidos. La empresa, una vez finalizada la obra, deberá recolocar a sus trabajadores en otra u ofrecerles formación o recualificación, los contratos fijos-discontinuos tienen los mismos derechos de protección social que el resto de los contratos.

Contratos formativos

Los contratos de formación presentan dos modalidades: formación en alternancia y obtención de la práctica profesional.

Los primeros pueden concertarse con personas de cualquier edad, salvo en el caso del Catálogo de Cualificaciones Profesionales, con límite de hasta 30 años, y con una duración máxima de dos años. La retribución se adaptará al convenio y no podrá ser inferior al 60% el primer año, y del 75% del segundo año, y nunca será menor al Salario Mínimo Interprofesional proporcional a la jornada.

Los contratos para la obtención de la práctica profesional podrán celebrarse hasta tres años después de obtenida la certificación y tendrán una duración de entre seis meses y un año.

Por otro lado la reforma laboral simplifica los procedimientos para que las empresas puedan acogerse a los ERTE.

Los ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP) introducen cambios para facilitar su tramitación y aplicación en las pequeñas y medianas empresas. Además, a la aplicación de los ERTE por fuerza mayor se añade como causa el impedimento o limitación a la actividad normal de la empresa por decisiones de la autoridad gubernativa.

Por otro lado, la norma contempla el Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización en el empleo, que debe ser activado por el Consejo de Ministros, y que traslada al mercado laboral lo aplicado durante la pandemia para proteger las rentas salariales y el tejido productivo en caso de alguna perturbación externa.

El ministro también se ha referido a los ERTE sectoriales: “Puede producirse en algún sector, como resultado de la necesidad de una reestructuración, de un cambio tecnológico.

Para mas información Consultoria fiscal-laboral