Programas de ayudas economía social Murcia
los Programas 1, 2 y 3 de las ayudas de Economía Social de la Región de Murcia para 2026, centrado en lo que interesa trasladar a clientes:
| Programa | Finalidad | Ayuda máxima / cuantía | Aspectos clave |
|---|---|---|---|
| Programa 1 | Incorporación de socios trabajadores | 7.000 € a 11.500 € por socio | Máximo 6 incorporaciones por entidad |
| Programa 2 | Aportaciones al capital social | Hasta 25% de la aportación, máximo 4.000 € por socio | Aportación mínima 3.000 €. Máximo 6 socios |
| Programa 3 | Inversiones y financiación | Hasta 30% de la inversión, máximo 40.000 € por entidad | Inversión mínima 12.000 € |
Programa 1. Incorporación de socios trabajadores
Dirigido a PYMES de economía social —fundamentalmente cooperativas y sociedades laborales— con domicilio social y fiscal en la Región de Murcia y centro de trabajo también en la Región.
Se subvenciona la incorporación, desde el 1 de octubre de 2025, de socios trabajadores con carácter indefinido y a jornada completa.
Pueden acogerse, entre otros:
- Trabajadores que ya estaban contratados laboralmente por la propia sociedad antes del 1 de octubre de 2025 y posteriormente pasan a ser socios trabajadores.
- Personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo hasta su alta correspondiente.
- Determinados trabajadores procedentes de sociedades mercantiles que se transformen en empresas de economía social.
- Jóvenes desempleados menores de 30 años.
Cuantía por incorporación:
- General: 7.000 €.
- Mujer: 8.500 €.
- Persona en riesgo de exclusión: 9.500 €.
- Joven desempleado menor de 30 años: 10.000 €.
- Persona con discapacidad: 11.500 €.
Para percibir íntegramente estas cantidades, la aportación al capital social vinculada al socio debe alcanzar al menos 1.000 €. Si es inferior, la subvención se reduce proporcionalmente.
Límite: máximo 6 puestos de trabajo subvencionados por entidad.
Programa 2. Aportaciones al capital social
También dirigido a PYMES de economía social de la Región de Murcia.
Tiene por objeto apoyar las aportaciones dinerarias efectuadas por los socios trabajadores:
- Al constituir una nueva sociedad.
- Al realizar una ampliación o incremento del capital social.
- También determinadas transmisiones de aportaciones o participaciones motivadas por jubilación, fallecimiento o determinadas incapacidades del socio titular.
La aportación realizada por cada socio debe ser de, al menos, 3.000 €, y encontrarse totalmente desembolsada.
La subvención puede alcanzar:
Hasta el 25% del capital suscrito y desembolsado, con un máximo de 4.000 € por socio.
Ejemplos prácticos:
| Aportación del socio | Subvención máxima |
|---|---|
| 3.000 € | 750 € |
| 5.000 € | 1.250 € |
| 10.000 € | 2.500 € |
| 16.000 € | 4.000 € |
| 25.000 € | 4.000 € |
Las aportaciones deben haberse realizado desde el 1 de octubre de 2025 y depositarse en una entidad financiera a nombre de la empresa, identificándose como aportación al capital social.
Límite: máximo 6 socios trabajadores subvencionados por empresa.
Programa 3. Inversiones
Destinado a financiar inversiones realizadas por las empresas de economía social desde el 1 de octubre de 2025.
Son subvencionables las inversiones en activos fijos:
- Nuevos.
- De segunda mano, con determinadas condiciones: fundamentalmente, que el proveedor se dedique profesionalmente a la venta o adecuación de bienes usados.
También pueden subvencionarse parcialmente los intereses de préstamos bancarios destinados a financiar estas inversiones.
La ayuda contempla dos modalidades:
1. Subvención directa a la inversión
Hasta el 30% de la inversión subvencionable.
La empresa debe disponer de fondos propios equivalentes, como mínimo, al 25% de la inversión subvencionable.
2. Subvención financiera
Hasta el 50% de los intereses generados por préstamos concedidos por entidades financieras durante 2025 y 2026, cuando estén destinados a financiar la inversión subvencionable.
La inversión mínima exigida es de:
12.000 € sin incluir el IVA recuperable.
Y existe un límite global de:
40.000 € de subvención por entidad.
Por ejemplo, una cooperativa que efectúe una inversión subvencionable de 100.000 € podría optar teóricamente a hasta 30.000 €, siempre que cumpla el resto de requisitos y alcance suficiente puntuación en concurrencia competitiva.
Plazo común de los tres programas
Las solicitudes podrán presentarse hasta el 13 de octubre de 2026.
