17 sept 2025

Nueva Resolución TEAC sobre régimen FEAC Holdings

El Tribunal Económico-Administrativo Central establece los siguientes principios aplicables al supuesto:

  1. Expectativas de beneficios futuros ≠ ventaja fiscal inmediata
    Si en el momento de la aportación no se han generado activos (materiales o inmateriales) con plusvalías tácitas previsibles e inmediatas, no puede considerarse abusiva la operación solo por las expectativas de beneficios futuros.

  2. No identificación de activos con plusvalías tácitas
    En este caso concreto, no se detectaron activos con plusvalías ya existentes (materiales o inmateriales) susceptibles de realización en ese momento, lo cual es clave para determinar si hay abuso. 

  3. Ausencia de pruebas de enajenación o actividad posterior que evidencie eludir tributación
    No se han dado hechos posteriores de venta del negocio u operaciones que permitan inferir que el esquema se planteó para eludir gravámenes (por ejemplo, transmisión del fondo de comercio que se hubiese diferido). 

  4. Cláusula antiabuso aplicable, pero con límites
    Aunque hay reconocimiento de la ventaja fiscal potencial (la exención en IS para dividendos), la aplicación de la cláusula antiabuso requiere que la ventaja sea real, inmediata o evitable de otra manera, no que derive solo de expectativas sin evidencia concreta.

  5. No aumento del valor fiscal de las participaciones en la sociedad operativa
    El TEAC rechaza que deba aumentarse el valor fiscal en el socio aportante, ya que hacerlo, sin pruebas de plusvalías realizadas o por realizar, podría generar doble imposición en caso de futura transmisión de las participaciones. 


Implicaciones fiscales

  • Si tienes una operación similar, la documentación y prueba de los hechos es esencial: si no puedes demostrar que existían plusvalías tácitas concretas, beneficios ya generados, intención de realizar una enajenación, etc., la operación puede no considerarse abusiva bajo los criterios de esta doctrina.

  • La ventaja fiscal del art. 21 LIS no puede automáticamente justificar la operación si su uso se basa en expectativas futuras, sin más.

  • En estos casos, aunque la operación esté acogida al FEAC, pueden ser objeto de regularización parcial: algunas partes de la transacción pueden ser consideradas abusivas y otras no

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