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26 dic 2024
Novedades fiscales en la Ley 7/2024, de 20 de diciembre
Según la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, se establecen varias novedades fiscales importantes, enfocadas principalmente en la imposición mínima global para grandes grupos y otros impuestos específicos. A continuación, se resumen los puntos clave para informar a los clientes:
- Impuesto Complementario para Grupos Multinacionales y Nacionales de Gran Magnitud: Se introduce un Impuesto Complementario que busca asegurar un nivel mínimo de tributación del 15% para grupos multinacionales y nacionales con un importe neto de la cifra de negocios consolidado igual o superior a 750 millones de euros en al menos dos de los cuatro ejercicios anteriores. Este impuesto es de naturaleza directa y personal y se aplica en todo el territorio español.
- El impuesto tiene tres modalidades: impuesto complementario nacional, impuesto complementario primario, e impuesto complementario secundario. El impuesto complementario nacional asegura que las entidades radicadas en España tributen al menos el 15%.
- La base imponible se calcula ajustando el resultado contable de la entidad constitutiva. El tipo impositivo efectivo se determina dividiendo los impuestos cubiertos ajustados entre las ganancias admisibles netas.
- Se contempla una exclusión de minimis, que permite que el impuesto sea cero si los ingresos y ganancias de las entidades en una jurisdicción son inferiores a ciertos umbrales.
- Las entidades constitutivas están obligadas a presentar una declaración informativa detallada con datos relevantes para el cálculo del impuesto.
- La autoliquidación del impuesto recae sobre las entidades constitutivas del grupo o sus sustitutos.
- Impuesto sobre el Margen de Intereses y Comisiones de Determinadas Entidades Financieras: Se crea un nuevo impuesto que grava el margen de intereses y comisiones de entidades de crédito, sucursales de entidades de crédito extranjeras y establecimientos financieros de crédito que operan en España.
- El hecho imponible es la obtención de un margen positivo de intereses y comisiones en territorio español.
- Los tipos de gravamen son progresivos, aplicándose a tramos de base liquidable.
- La cuota líquida se puede minorar en un 25% de la cuota del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
- Este impuesto estará vigente durante los tres primeros periodos impositivos consecutivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2024.
- Impuesto sobre los Líquidos para Cigarrillos Electrónicos y otros Productos Relacionados con el Tabaco: Se introduce un impuesto sobre estos productos.
- Los contribuyentes son los expedidores, o destinatarios si la introducción es con fines comerciales, incluyendo las plataformas electrónicas que faciliten la entrega de estos productos.
- Se establece la obligación de presentar una declaración informativa sobre los productos almacenados al inicio de la entrada en vigor del impuesto.
- Modificaciones en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): Se ajustan aspectos del IVA, especialmente en relación con los depósitos fiscales de gasolinas, gasóleos y otros carburantes.
- Se establecen garantías para el ingreso del IVA correspondiente a las entregas de carburantes que salgan de depósitos fiscales.
- Se establecen figuras de operadores económicos autorizados u operadores confiables para la circulación de estos productos.
- Modificaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): Se introducen deducciones por obras de mejora de eficiencia energética. Además, se eximen de IRPF las donaciones de los empleadores a los empleados afectados por la DANA en 2024.
- Modificaciones en el Impuesto sobre Sociedades (IS): Se establecen ajustes a la tributación mínima, aplicándose un 15% sobre la base imponible para ciertos contribuyentes. También se modifican los límites de aplicación de beneficios fiscales para empresas con un determinado volumen de negocio.
- Solución Pública de Facturación Electrónica: La Agencia Estatal de Administración Tributaria desarrollará una solución pública de facturación electrónica. Los empresarios estarán obligados a remitir a esta solución las facturas electrónicas. Esta plataforma también servirá de repositorio universal de las facturas.
Es importante destacar que esta ley incorpora la Directiva (UE) 2022/2523 del Consejo, buscando una armonización fiscal a nivel europeo. Las novedades fiscales buscan una mayor equidad y eficiencia en la imposición, especialmente para las grandes corporaciones y sectores específicos.